Los 800 años de la Carta Magna

Isabel Undurraga M.[1]

Resulta difícil encontrar alguien en Occidente que no haya oído mencionar o que desconozca al menos en lo fundamental, lo  determinante que ha sido este documento que tuvo su origen hace 800 años, exactamente el 15 de junio de 1215, en Inglaterra. Su valor es incuestionable si nos atenemos al hecho que mantiene intacta su vigencia a lo largo de tantos siglos y ha influido de alguna u otra manera hasta hoy, en todas las Cartas Fundamentales o Constituciones por las que se rigen los regímenes democráticos, al incorporar sino todas, al menos sus  disposiciones más importantes.

Es recién a partir del siglo XVII que la Carta Magna comienza a presentarse como pilar fundamental de las libertades inglesas: pero no hay tal.

Contrariamente a lo que pudiese pensarse, es un texto bastante breve que se mantiene magníficamente conservado y resguardado en la Biblioteca Británica (British Library)  de Londres,  a la vista de quien quiera contemplarlo.

La Carta Magna no es un documento revolucionario en modo alguno. No hay nada en él que suene altisonante acerca de la Justicia y la Libertad, que son los dos ejes fundamentales sobre los que se asienta. No contiene principios abstractos: en eso podríamos decir que es muy inglés. Solo aborda la corrección puntual de males puntuales de la época: es el intento concreto y exitoso de los barones (los nobles de la época) y de la Iglesia, por poner freno al inmenso poder que tenía el Rey en Inglaterra y por favorecer la descentralización. Inicialmente lo que se pretendía era proteger los intereses de aquellos. El Monarca era en ese momento Juan I, más conocido como "Sin  Tierra": el sobrenombre se debía a que era el menor de varios hijos y no fue favorecido con tierras a la muerte de su padre. Pero jugarretas de la Historia, debido al fallecimiento de sus hermanos mayores, entre ellos Ricardo Corazón de León, quedó a la cabeza del Reino.

No es el propósito de estas líneas el examinar una vez más, las disposiciones contenidas en ella. La intención es otra: detenernos brevemente en el ambiente que se vivía en Inglaterra por esas fechas y la compleja relación y dificultades que había entre la monarquía y los nobles  y por extensión también en el pueblo llano, llegando estas muchas veces a situaciones explosivas. A esto hay que sumarle la tensa situación internacional existente entre los nobles normandos que oprimían a sus pares anglosajones: no hay que olvidar que durante varios siglos la política internacional de Francia estuvo fuertemente ligada a la de Inglaterra por causas dinásticas. Hasta que la situación hizo crisis, poniendo en serio riesgo la vida social del país. Es en la suma de estas circunstancias que tuvo su origen la Carta Magna.

En un comienzo el documento tuvo un carácter feudal si nos atenemos a que fue un trato entre el Rey, los barones y la Iglesia: a éstos  solo les interesaban sus derechos y no los del “pueblo”.

Por lo que originalmente no tuvo ningún rasgo democrático: el pueblo como lo entendemos actualmente, no tuvo ninguna participación ni en su génesis y mucho menos en su redacción.

Aclaremos que la gran masa de la población de entonces no pertenecía al grupo de los llamados “Hombres Libres”. En general, lo que se condenaba eran los abusos de la Corona que afectaban fundamentalmente a los barones y a la Iglesia. Pero no es menos cierto que la Carta Magna terminó sentando unos principios generales que tenían validez por encima de los intereses exclusivos para los que fue pensada en un comienzo. Pensemos solamente  que se inicia con aquello de  “Ningún hombre libre podrá ser retenido o encarcelado o desposeído sea cual sea la vía, salvo por el juicio legal de sus pares o por la ley del país”.

Lo que se pretendió con ella entonces, fue proteger los intereses de los barones y de la Iglesia. Es importante destacar lo inmensamente rica y por ende poderosa que era la Iglesia en Inglaterra.  Era, lejos,  la más rica de toda Europa. Y  lo siguió siendo durante toda la Edad Media hasta que en siglo XVI, Enrique VIII la nacionalizó. Siempre se menciona que la causa del cisma con Roma fue la negativa para autorizar el divorcio de su esposa Catalina de Aragón y bendecir su posterior matrimonio con Ana Bolena. Ello es efectivo. Pero se omite algo no menos importante: el que Enrique quería y lo logró, integrar a las arcas de la Corona los incontables bienes que poseía dicha Institución.

Ya se dijo más arriba que no vamos a examinar una por una las 63 disposiciones establecidas en el documento, considerando lo que ya se dijo que se solucionaban situaciones muy puntuales que afectaban en ese momento a los demandantes. Pero sí nos parece muy importante mencionar algunas de las más relevantes y que contribuyeron a cambiar de raíz, una situación social que estaba llegando a límites insostenibles. Veamos:

+ “El Rey se compromete a no gravar impuestos sin el común acuerdo del reino”.

+ “Los derechos de los súbditos no podían ser violados arbitrariamente por el Rey”.

+ “La Ley es independiente de la voluntad real y el Rey debe rendir cuenta cuando esto no es respetado por él”.

+ “La Ley está por encima del Rey”.

Por primera vez se limitaba el poder real. Pasarán muchos siglos antes que alguna de las muchas otras monarquías europeas vean limitados sus poderes absolutos.

Pero las cosas no fueron fáciles en un comienzo. El documento se firmó el 15 de junio de 1215 en Runnymende, una localidad en las afueras de Londres. Pero el Rey JUAN no tenía la más mínima intención de acatarlo y logró convencer al Papa para que la anulase. Los barones reaccionaron con una rebelión que los llevó a aliarse con el Rey francés  LUIS  VIII con el fin de destronar al monarca inglés.

Finalmente sobrevino la paz y la Carta fue firmada y refrendada definitivamente en 1225.

Sería un grave error ignorar eso sí, que a pesar de la firma de este documento en dicha fecha, Inglaterra no tuvo períodos muy convulsos, incluso revoluciones, a lo largo de su historia.

Pero sin duda, comparado con otras naciones europeas, su devenir histórico ha conocido muy largos períodos de paz.

Finalmente, se puede decir con propiedad que la Carta Magna es el primer esquema de la democracia a escala internacional.

[1]  Historiadora (PUC) y colaboradora regular de OpinionGlobal.-

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