Detener a Putin

Crónica
El País, 20.03.2023
Redacción

La orden de detención contra el presidente ruso, Vladímir Putin, firmada por el fiscal del Tribunal Penal Internacional (TPI), el británico Karim Khan, marca un momento trascendental para la historia de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania. La decisión del prestigioso jurista especializado en la persecución de crímenes de guerra y contra la humanidad solo puede tener consecuencias prácticas si Vladímir Putin o Maria Lvova-Belova, la otra persona incriminada a título de comisionada del Kremlin para los Derechos del Niño, se desplazan a alguno de los 123 Estados firmantes del Estatuto de Roma para la creación del TPI o si se produce un cambio político en Moscú que conduce a la detención y entrega del actual presidente por parte de las nuevas autoridades, como ya sucedió con Slobodan Milosevic.

La orden de detención se basa en serios indicios de responsabilidad personal de ambos imputados en crímenes de guerra, entre los que se incluyen las deportaciones, transferencias y confinamientos ilegales de población y la toma de rehenes, según el Estatuto del tribunal, y en la abierta vulneración de la Cuarta Convención de Ginebra sobre protección de los civiles en tiempos de guerra y, concretamente, su artículo 50 dedicado por entero a la protección de la población infantil. Putin ha vulnerado numerosos tratados y acuerdos internacionales, y especialmente la Carta de Naciones Unidas, que prohíbe tajantemente la guerra y admite solo el derecho que está ejerciendo Ucrania a la defensa. Este delito no agota ni mucho menos el repertorio por el que se le podría imputar, que incluye los crímenes contra la humanidad y también el genocidio, pero todos ellos exigen establecer la prueba material de la responsabilidad personal en su ejecución.

De ahí que el fiscal Khan haya elegido centrarse en las deportaciones de niños, trasladados desde instituciones de Ucrania o recogidos tras las matanzas de civiles, que las autoridades de Kiev elevan a más de 16.000 casos, para imputar al presidente de Rusia y al comisionado nombrado especialmente para el secuestro sistemático y su rusificación en familias o instituciones rusas. Se trata de la población más desprotegida y su caso, que evoca las adopciones de hijos de los asesinados y desaparecidos por los militares de la Junta argentina, es el de más fácil explicación por la evidente intencionalidad de desarraigarlos de su entorno y destruir su identidad. Este tipo de actuaciones también están tipificadas por el Estatuto de Roma como genocidio, pero el fiscal ha preferido la retención en favor de la eficacia que le permite vincular personal y directamente a Putin como responsable de todas y cada una de las deportaciones.

El solo hecho de emitir la orden de captura es un mensaje de alcance universal sobre el papel del Tribunal, que no puede asistir imperturbable a la comisión de delitos de tanta gravedad por el mero hecho de que quien los comete es el jefe de Estado de una potencia nuclear con derecho de veto en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. También es una advertencia para futuras actuaciones de Rusia y de cualquier otro déspota. A la vista de cómo ha sido recibido internacionalmente, constituye incluso un acicate y una forma de presión sobre potencias como Estados Unidos, que firmó inicialmente el Estatuto de Roma con Bill Clinton en 2000, pero luego con George W. Bush retiró la firma y descartó su ratificación.

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