Resolución OEA: No hay condiciones para elecciones en Venezuela

RESOLUCIÓN

LA CARENCIA DE CONDICIONES DEMOCRÁTICAS MÍNIMAS, PARA GARANTIZAR ELECCIONES LIBRES, JUSTAS Y 
TRANSPARENTES EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 21 de octubre de 2020)

LA ASAMBLEA GENERAL;

RECORDANDO, la Carta Democrática Interamericana, la resolución AG/RES. 2944 (XLIX-O/19) de la Asamblea General, y las resoluciones CP/RES. 1156 (2291/20), CP/RES 1143 (2269/20) y CP/RES. 1117 (2200/19), del Consejo Permanente;

RESALTANDO, el continuo deterioro de las condiciones políticas, sociales, económicas y humanitarias en la República Bolivariana de Venezuela, agravadas por la propagación de la pandemia del COVID-19;

AFIRMANDO, su profunda preocupación y rechazo a las maniobras de control ejercidas por el régimen ilegítimo de Nicolás Maduro que ha capturado instituciones democráticas esenciales menoscabando la separación e independencia entre los poderes públicos, en grave violación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Carta Democrática Interamericana;

TENIENDO PRESENTE, que la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela continúa siendo la única institución legítima y democráticamente electa en Venezuela y;

EXPRESANDO, con grave preocupación, que las acciones llevadas a cabo por el régimen ilegítimo de Nicolás Maduro violan las leyes nacionales, socavando el proceso electoral y amenazando con eliminar la Asamblea Nacional legítima, el último espacio democrático e institucional por el cual se canalizan y tienen voz las demandas de la sociedad venezolana;

RESUELVE:

  1. Condenar en los más enérgicos términos las acciones del régimen ilegítimo de Nicolás Maduro que socavan el sistema democrático y la separación de los poderes, por medio del control del Tribunal Supremo de Justicia y usurpando las funciones constitucionales de la Asamblea Nacional de, entre otros, legislar en materia electoral y designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral. Esto compromete de manera clara, las condiciones mínimas para garantizar la celebración de procesos electorales democráticos, de acuerdo con los estándares internacionales.
  2. Declarar, que el reconocimiento de las elecciones a la Asamblea Nacional de Venezuela dependerá del establecimiento de las condiciones necesarias de libertad, justicia, imparcialidad y transparencia, garantizando la participación de todos los actores políticos y de la ciudadanía, la liberación de los presos políticos, con plazos razonables para su celebración y que cuenten con observación electoral internacional independiente y creíble.
  3. Acoger con beneplácito la publicación del reporte, el 16 de septiembre de 2020, de la Misión Internacional Independiente de Investigación de las Naciones Unidas sobre la República Bolivariana de Venezuela y reafirmar la importancia de la implementación inmediata y completa de las recomendaciones contenidas en el informe, incluso para investigar las violaciones de derechos humanos y detener el uso de fuerza excesiva, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y tortura.
  4. Hacer un enérgico llamado para la protección de los miembros de la Asamblea Nacional legitima, y exigir la pronta liberación y cierre de los procesos judiciales de todos los presos políticos, poner fin a los arrestos arbitrarios, detenciones y acoso a los ciudadanos, así como permitir el retorno seguro de aquellos miembros de la oposición que se encuentran en el exilio.
  5. Exigir un acceso pleno y sin trabas para permitir la prestación de asistencia humanitaria, a las poblaciones más vulnerables y afectadas por crisis en Venezuela, de conformidad con los principios humanitarios acordados.
  6. Rechazar la interferencia en el funcionamiento de los partidos políticos por parte del régimen ilegítimo de Maduro, que busca menoscabar su independencia y la pluralidad de partidos y organizaciones políticas, que son elementos esenciales de la democracia representativa, de conformidad con el Artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana.
  7. Instar a que se convoquen, lo más pronto posible, elecciones presidenciales libres, justas, transparentes y legítimas, con observación internacional independiente y creíble que conduzcan al nombramiento de un gobierno elegido democráticamente y de acuerdo con la voluntad del pueblo venezolano.
  8. Reafirmar la legitimidad de la Asamblea Nacional democráticamente electa, así como fortalecer el apoyo a los actores democráticos de la República Bolivariana de Venezuela, en sus esfuerzos hacia la restauración pacífica de la democracia, de conformidad con la Constitución de Venezuela.
  9. Solicitar al Secretario General que, presente informes periódicos al Consejo Permanente sobre la situación en la República Bolivariana de Venezuela y el cumplimiento de la presente resolución y otras resoluciones sobre el tema, con recomendaciones pertinentes.
  10. Solicitar al Secretario General sus buenos oficios, a los fines de coordinar con organizaciones internacionales relevantes, con el objetivo de formular recomendaciones a los Estados Miembros sobre posibles acciones e iniciativas en apoyo a los esfuerzos del pueblo venezolano que conduzcan hacia la restauración de la democracia en Venezuela.
  11. Reiterar la aceptación por parte de los Estados miembros del Representante Permanente ante la Organización de los Estados Americanos designado por la Asamblea Nacional de Venezuela, hasta que se celebren nuevas elecciones presidenciales libres y justas que conduzcan al nombramiento de un gobierno elegido democráticamente, conforme establecido en la resolución AG/RES. 2944, de 2019.

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