Carta OpinionGlobal, 15.12.2024 Ricardo Concha G., embajador (r)
Las justificaciones entregadas por la Cancillería para explicar la permanencia del ex embajador de Chile en Venezuela en su cargo en Santiago, percibiendo una renta mensual cercana a los 25 millones de pesos, son erradas, arbitrarias y rayanas en la prevaricación.
En efecto, Cancillería ha sostenido que el exembajador fue “llamado al país” y por ende estaría mandata por “decreto”, en este caso el número 147 de 2019, a mantener su sueldo mientras se extienda dicho procedimiento administrativo. Lo primero que debe constar es que nuestro exembajador fue “expulsado” de Venezuela, país que de facto ha roto sus relaciones diplomáticas y consulares con Chile. De ahí que resulta del todo inconcuso que en este caso no pudo existir un “llamado al país” y que el hecho concreto e inapelable es que Chile ya no tiene un embajador en Venezuela. Sus credenciales, que lo acreditaban como tal, han sido anuladas, extinguidas por el propio país receptor. Así de simple y claro.
Además, la calidad de “expulsado” del ex embajador no le permite cumplir con ninguno de los criterios básicos contenidos en dicho decreto 147, pues para que el “llamado al país” proceda, es necesario que previamente exista una resolución fundada del subsecretario de RREE; indicar el periodo que durará el “llamado”; y por último, debe ser informada al funcionario con al menos cinco días hábiles de anticipación. Además, el concepto de “llamado a informar” supone temporalidad.
Tampoco resulta convincente argüir que el exembajador ha mantenido contactos consulares y un par de reuniones políticas como para justificar el ingente sueldo que percibe. Para ello en nuestra Cancillería existen una Dirección Consular y otra de asuntos bilaterales que bien pueden gestionar las mismas materias y sin cobro adicional alguno.
Me temo que aquí se ha recurrido, a mi juicio de manera improcedente, a utilizar una norma administrativa para justificar y mantener con un sueldo desmesurado en Chile, a un embajador que por su condición de político, no tiene cabida en la estructura ministerial en el país.
Lamentable hecho que debe ser corregido a la brevedad. Lo que corresponde es que el presidente, conforme al artículo 32 de nuestra constitución, le solicite la renuncia al exembajador y si la Cancillería desea seguir disponiendo de sus gestiones en Chile, debe extenderle un contrato a honorarios. La situación actual no tiene presentación, es incorrecta y constituye una burla a todos los chilenos.