El último tango de la diplomacia chilena

Columna
El Libero, 04.02.2021
Dr. Jorge G. Guzmán, Mag., MPhil & PhD Polar cantabrigiensis

¿Qué tiene que ocurrir para que el Presidente de la República acepte que, para volver a la senda marcada por el Estatuto Antártico (un logro principal de su gobierno), por el bien superior del país es imprescindible hacer cambios estructurales en el equipo?

Expertos y medios nacionales de diversa sensibilidad política coinciden en la sorpresa ante el apoyo que el gobierno chileno otorgó al presidente argentino Alberto Fernández en materia del reclamo territorial del vecino país sobre un arco de archipiélagos australes que -en el concepto de la diplomacia, la geopolítica y la academia argentina- están indefectiblemente ligados a su reclamo antártico (1943).

Ocurre que, aunque lejanos, en la división político-administrativa argentina esos territorios son parte de la limítrofe Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, con capital en Ushuaia. Por este motivo en Magallanes y Antártica Chilena no es posible comprender por qué en Santiago no se termina de entender que dicha entidad legal y política argentina no solo se sobrepone al Territorio Chileno Antártico, sino que, además, desde 2009, pretende cerca de 9.700 kms2 (una superficie equivalente a Puerto Rico o Chipre) ubicados al sureste del Cabo de Hornos, más allá de la delimitación pactada en el Tratado de Paz y Amistad de 1984.

Una abundante literatura argentina publicada durante los últimos 15 años testimonia que, en la interpretación jurídica y política de nuestros vecinos, los territorios que ahora la declaración Piñera/Fernández refiere como “espacios oceánicos circundantes” son -entiéndase bien- componentes de un solo diseño político-administrativo, geo-legal y geopolítico. Una sola unidad geoestratégica, que nuestra Cancillería equivocadamente entiende como cosas aisladas, separadas y no relacionadas entre sí. Craso error.

El espolón o uñeta de 9.700 kms2 reclamado por Argentina es una pieza fundamental de un espacio vital en el que Chile tiene mejores derechos para proyectarse y que -conforme con el moderno Derecho Internacional del Mar– debe extenderse a lo largo y ancho del sector americano del Mar Austral circumpolar. Se trata de un asunto de interés material para el conjunto de la sociedad chilena, que para nuestra diplomacia debería ser mucho más importante que la participación en cualquier “grupo de contacto” o negociación comercial coyuntural.

Por este motivo, el cándido respaldo chileno a la reivindicación territorial argentina (que aún no ha sido explicada en qué nos beneficia) convocó en el rechazo a opositores, defensores y desencantados de la administración Piñera. Fernández logró lo que ni la pandemia pudo.

Esta coincidencia ha sido incluso mayor luego que, en una columna publicada durante el fin de semana en otro medio de Santiago, en un ejercicio de “control de daños” la Directora Nacional de Fronteras y Límites (Difrol) livianamente desestimara las aprehensiones que en esta materia han surgido en la opinión pública. Entre otras cosas, la citada funcionaria indica que el apoyo brindado al Presidente argentino “ha sido leído equivocadamente por algunos como contradictorio con el rechazo chileno a la pretensión argentina de poseer una plataforma continental extendida al sureste del Punto F” del Tratado de 1984. Entendemos que esta es también la opinión personal del Canciller Andrés Allamand.

En ese mismo espacio, Difrol afirma que “la plataforma continental (debemos precisar ‘extendida’) que Argentina reclama respecto de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur no se extiende a la Antártica”, agregando que “yerra también quien afirme que Chile”, con la declaración Piñera-Fernández, “contradice su reclamación de soberanía en el Territorio Chileno Antártico y sus espacios marítimos”.

Esta es -de distinta forma- la tesis de la “importancia ninguna” esgrimida en 2016 por el entonces Canciller Heraldo Muñoz: consultado sobre el asunto, este personero falló gravemente al no comprender a tiempo el grave desafío que la ambición argentina representa para nuestra integridad territorial. Cuatro años después, la directora de Difrol persevera en el error.

La pretensión de plataforma continental extendida argentina sobre áreas más allá del Punto F del Tratado de Paz y Amistad es conocida en todo detalle desde 2009. En la práctica, se trata de un ejercicio unilateral de extensión de la frontera con Chile. No obstante, solo en mayo de 2020, bajo la dirección del ex Canciller Teodoro Ribera, Difrol formalizó las observaciones que ahora su Directora da por hecho han sido desde el inicio parte de la ecuación. No ha sido así.

A fines de octubre de 2017, en un medio de Punta Arenas, la directora de Difrol acusó a quien suscribe de sostener en esta compleja materia un “tono apesadumbrado” y, a la vez, aseguró a la opinión pública que su servicio tenía plenamente atendida la cuestión de nuestra plataforma continental magallánica-antártica. Tampoco ha sido así.

Lo concreto es que, sin el empeño del equipo del ex Canciller Ribera para perfeccionar el trámite del Estatuto Antártico y enfrentar directamente el reclamo territorial argentino, las seguridades ofrecidas hace más de tres años por Difrol se las habría terminado por llevar el cálido viento santiaguino.

En segundo término, al referirse a cierta “reclamación de soberanía sobre el Territorio Chileno Antártico” Difrol falta gravemente a nuestra tradición político-diplomática encapsulada en el Decreto Antártico de 1940. Ese servicio público (y el resto de la Cancillería) deberían ser los primeros en saber que, conforme con la tesis legal y geo-histórica encapsulada en dicho Decreto del gobierno del Frente Popular, en el Mar Austral y en la Antártica Americana, Chile no ha efectuado ningún “reclamo territorial”: nuestro país solo ha precisado los límites de un espacio que le es propio desde mucho antes que 1940.

Es en función de las definiciones contendidas en ese Decreto que el Territorio Chileno Antártico no tiene límite norte. Chile es una continuidad entre el Estrecho de Magallanes, el Canal Beagle, el Cabo de Hornos, la Antártica Chilena y el Polo Sur. En esa continuidad -que abarca ambas costas de la Península Antártica-, se incluyen diversos “espacios oceánicos” ahora reclamados, en un solo acto jurídico, político y geopolítico por nuestros vecinos. Por lo mismo, no solo es falacioso, sino atentatorio contra el interés superior de Chile relativizar esta amenaza geopolítica intentando hacer distingos en una materia en la que Argentina no está dispuesta a hacer ninguna salvedad.

Créanlo o no los siguen apoyando el equivocado concepto de Difrol, es nuestra continuidad geológica, geomorfológica, jurídica, administrativa y geo-histórica la que hace de la Antártica Chilena una entidad cualitativamente distinta a la Antártida Argentina. Esta última, al igual que el trágicamente célebre “principio atlántico” (que sustentó el reclamo argentino sobre nuestras “islas al sur del Canal Beagle”), es fruto de una “tradición geopolítica inventada” durante el siglo XX.

Es evidente que ni Difrol ni los asesores del Presidente Piñera cuentan con una visión de conjunto del problema austral para entender la complejidad y la gravedad de la concesión hecha al Presidente Fernández. Ese desconocimiento los impulsa a porfiadamente creer que la concesión hecha hace una semana refiere a un asunto lejano y/o secundario o, en el mejor de los casos, un detalle técnico-jurídico.

La verdad es que –además de implícitamente validar la metodología geo-científica argentina para aplicar la Convemar- ese reconocimiento faculta a la proyección argentina para transitar desde los “espacios oceánicos circundantes” de las Islas Sándwich del Sur hacia aquellos de las Islas Orcadas del Sur, ergo, le proporciona la pieza faltante del puzle que, en la interpretación trasandina de la normativa de la Convemar, avala el reclamo de Buenos Aires sobre las plataformas de la Península Antártica y de las Islas Shetland del Sur, esto es, sobre la Antártica Chilena.

Dicho de otra forma, la pretendida continuidad territorial argentina hacia la Antártica Americana depende de su soberanía sobre ciertos “espacios oceánicos circundantes” situados entre las Falkland/Malvinas y las Isla Shetland del Sur y, desde estas últimas, “extendida” hacia otros territorios chilenos.

Difrol y la Cancillería no terminan de comprender la importancia material de los aspectos geomorfológicos y geológicos que, de acuerdo con la normativa geo-científica de la Parte VI de la Convemar, constituyen los “elementos de prueba” para la extensión de la plataforma continental chilena más allá de las 200 millas, proyectada tanto desde el espolón o uñeta adyacente a las Islas Diego Ramírez, como desde ambas costas del Territorio Chileno Antártico.

En efecto, la Directora de Difrol aún no entiende los aspectos geográficos del problema, de los cuales dependerá el establecimiento de los límites exteriores de nuestros territorios submarinos entre las costas de los Mares de Weddell y Bellinghausen y las Islas del Cabo de Hornos y Diego Ramírez, prometidos para 2021. Esto es grave.

Desde el punto de la teoría de la delimitación natural de los océanos aplicada al Derecho (sostenida por Chile al menos desde la década de 1950), a primera vista aparece que el límite natural oriental de la plataforma continental extendida magallánico-antártica puede, incluso, estar en el “Arco de las Antillas Australes” (Scotia Arc, en inglés), en el cual ahora el gobierno del Presidente Piñera ha reconocido a Argentina derechos sobre “espacios oceánicos circundantes”. Extra grave.

Todo indica que Difrol archivó los argumentos chilenos del proceso del Laudo Arbitral y la Mediación Papal, durante los cuales los negociadores chilenos tuvieron el cuidado (y la visión de largo plazo) para dejar fuera de toda restricción a la plataforma continental proyectada más allá del Punto F, a partir de nuestros archipiélagos más australes (ergo, desde el espolón reclamado por Argentina).

Empleando la normativa de la Convemar, a partir de las Islas Diego Ramírez y diversas “elevaciones submarinas” debe ser posible confirmar, legal y geo-científicamente, la continuidad territorial de Chile entre la Antártica Americana y nuestros archipiélagos “al sur del Canal Beagle”.

Por todo esto, en amplios sectores de la opinión pública se ha consolidado una grave preocupación a propósito que Difrol intente justificar una concesión de insospechadas consecuencias geopolíticas bajo el pretexto de que esta es la “forma madura de conducir la política vecinal“ con Argentina.  Este argumento liviano (y el tono auto-referencial de la afirmación) confirma nuestra aprehensión de que la integridad territorial del país no está -desgraciadamente- en buenas manos.

Ya somos muchos los “algunos“ que sostenemos que esta supuesta “forma madura“ de entender los desafíos de nuestra soberanía ha -por demasiado tiempo- evidenciado peligrosas deficiencias.

En definitiva, la defensa de nuestros activos territoriales continúa evidenciando deficiencias graves que -especialmente en las Regiones extremas- están ampliando la convicción de que la nueva Constitución debería limitar las atribuciones del Presidente de la República en materia de política exterior cuando se trate de asuntos que hacen a la integridad de sus territorios y de sus recursos naturales propios.

Chile no debe a priori auto-limitarse en sus derechos soberanos, pues es altamente posible que de los trabajos geo-científicos en el Mar Austral (que se supone están en marcha) resulte un diseño de plataforma continental extendida que se prolongue más al Este y el Sureste del meridiano 53° Oeste. Si esto es así, Chile dispondrá de una poderosa herramienta de negociación que, no obstante, antes debe estar sostenida una doctrina geolegal y geo-científica maximalista, equivalente a aquella que avalan los reclamos territoriales antárticos de Argentina, Noruega y Australia.

¿Qué es necesario que termine por ocurrir para que el Presidente de la República acepte que, para volver a la senda marcada por el Estatuto Antártico (un logro principal de su gobierno), por el bien superior del país es imprescindible hacer cambios estructurales en el equipo?

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