Soberanía y actividades polares chilenas

Columna
El Líbero, 16.08.2020
Dr. Jorge G. Guzmán, ex diplomático y Mag., MPhil & PhD Polar cantabrigiensis
Constatada la prácticamente unánime aprobación del Congreso de un nuevo Estatuto Antártico, y el interés del Ejecutivo de implementarlo en el plazo breve, parece oportuno reflexionar acerca de los desafíos que -en este ámbito- se presentan a las autoridades políticas y a los demás actores nacionales con intereses en la Antártica (incluidas las entidades académicas y científicas).

Todos debemos tener presente que el objetivo fundamental de la ley no es otro que el de fortalecer los derechos soberanos antárticos de Chile. De acuerdo con esa definición, las actividades estatales, privadas y científicas (especialmente aquellas financiadas con recursos fiscales) entre sus finalidades deberán incluir el citado objetivo primario de la ley. Full stop.

Bajo ese precepto, las actividades científicas chilenas no pueden ser entendidas como «un fin en sí mismas», sino como instrumentos para reafirmar soberanía sobre nuestro territorio marítimo y polar. Cualquier intento de relativizar dicho precepto con atisbos «universalistas» instrumentales para considerar a la Antártica «patrimonio común de la humanidad», sería, simplemente, contrario a la ley.

Conforme con lo anterior es trascendente que el Gobierno, sus ministros y funcionarios de Medio Ambiente y de Ciencia y Tecnología, al igual que los funcionarios públicos del INACH y los científicos financiados con fondos fiscales, terminen de entender que la Región de Magallanes -con su componente antártico incluido- no solo es una unidad territorial e histórica indivisible, sino que es mucho, mucho más que un simple «laboratorio natural» dedicado a la ciencia o a la conservación. Estos comentarios son pertinentes a propósito de la recurrente dificultad de las autoridades de Santiago para entender (y para defender con oportunidad y eficacia) la importancia geopolítica que -para el conjunto de los intereses de Chile- en términos estrictamente materiales tiene la Región de Magallanes y Antártica Chilena. Son esas dificultades las que, en la particular coyuntura constitucional por la que atraviesa el país, nos parece que ameritan que se considere un reforzamiento de la participación de nuestra Región en la definición de los asuntos que atañen a su integridad territorial, y su participación en la toma de decisiones para la conservación de sus propios recursos naturales vivos y minerales.

Observados estos axiomas políticos y geopolíticos, toda actividad polar resultará útil solo si en los hechos (no en las declaraciones) esta se planificará y ejecutará para potenciar la cualidad antártica de Chile. La inversión pública en la Antártica Chilena no servirá de nada si nuestras actividades polares no logran ser fieles a la visión que contiene la ley.

En términos más concretos, todas nuestras actividades antárticas deberán contribuir de manera mensurable a diversificar y a reforzar lo que debemos llamar «el repertorio antártico nacional». Este no es sino que el conjunto de normas, hitos, datos, información y actividades económicas que permiten documentar y explicar no solo los derechos jurídicos e históricos heredados del Imperio español, sino que los derechos modernos derivados del descubrimiento chileno del continente antártico (fines de noviembre de 1820), y del uso y ocupación más que centenaria y permanente de la Antártica Americana por foqueros, balleneros y otros pescadores magallánicos. Esto, además de la ocupación practicada desde la década de 1940 con el apoyo de las Fuerzas Armadas, y las contribuciones chilenas de sustancia a la letra y al espíritu del Tratado de Washington de 1959 (y a la fundación y operación del sistema de cooperación política y científica bajo el cual hoy se gestiona la Antártica).

Las actividades antárticas financiadas con recursos públicos deberán priorizar el estudio y las innovaciones que contribuyan a determinar cómo las condiciones geológicas, geomorfológicas y ambientales explican por qué Chile -cuyo territorio sudamericano es el más próximo a la Antártica-  incluye la continuidad político-administrativa llamada Región de Magallanes y Antártica Chilena. En este marco, un desafío principal para la ciencia nacional se relaciona con asuntos tan relevantes como los efectos futuros del cambio ambiental sobre el territorio nacional, así como el estudio de los recursos vivos marinos para orientar al esfuerzo nacional e internacional dirigido a la gestión inteligente y la conservación de los mismos.

Por idéntico motivo, las actividades polares chilenas deberán privilegiar las ciencias aplicadas y la innovación por sobre proyectos menores en el campo de las ciencias básicas. Esto no solo porque las ciencias aplicadas «son tendencia» en ambas regiones polares, sino porque nuestras actividades antárticas, públicas y privadas, deberán contribuir a fortalecer políticas e iniciativas apuntadas al desarrollo regional, al potenciamiento de las economías locales y el empleo, al igual que a la seguridad ambiental de los chilenos que habitamos el extremo sur del mundo.

Para que el Estado de Chile cuente con una sólida política pública que asegure el cumplimiento cabal de los objetivos del Estatuto Antártico, son necesarios varios requisitos. Quizás el más urgente es la construcción de un escenario de conjunto de la nueva realidad política, geopolítica, jurídica y económica vigente en la Región Polar Austral después de la entrada en vigor de la normativa de Derecho Internacional sobre plataforma continental extendida más allá de las 200 millas marinas (2009). Durante los últimos 11 años la implementación de esa normativa (que de diversas formas parece entrar en conflicto con la normativa del Sistema del Tratado Antártico) ha coincidido con la aceleración de los impactos del cambio climático (en realidad, cambio ambiental) sobre las regiones polares y subpolares. En el Ártico ambos fenómenos han posibilitado que las prospecciones de la plataforma continental adquirieran una importancia geopolítica y geoeconómica concreta, cuyo impacto sobre el escenario internacional permanece poco conocido en Chile. Los precedentes que se están sentando en el Ártico no deben pasar desapercibidos para el análisis chileno, pues de varias maneras en el futuro -en la medida que el acceso a los recursos naturales se hace más urgente y/o más barato-, pueden explicar el comportamiento de ciertas potencias antárticas.

Atendiendo a esta nueva realidad, con un análisis prospectivo que largamente supera al chileno, hace años Argentina comenzó a implementar una política de Estado compleja y ambiciosa. Es en ese marco en el que se incluyen tanto la nueva ley sobre plataforma continental, como otras leyes referidas a, primero, «la cuestión de Malvinas» y, segundo, al control de pesca en el Mar Argentino. Esas tres leyes están al servicio del proyecto denominado «Pampa Azul», un programa coordinado por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, que cuenta con el concurso del Ministerio de Defensa. Bajo ese «paraguas» se concentran importantes recursos financieros y capacidades humanas para  potenciar la cualidad marítima y antártica argentina. Entre otras finalidades, «Pampa Azul» pretende robustecer el argumento argentino para terminar con el archipiélago de Falkland/Malvinas como territorio bajo administración británica, esto es, busca poner al servicio de la política exterior elementos de claro trasfondo geopolítico y geoestratégico de importancia intelectual y práctica para, enseguida, sostener la tesis legal y geo-científica argentina sobre la Península Antártica. A diferencia de Chile, Argentina carece de una proyección natural o geográfica hacia la Antártica. Su transición hacia el continente blanco precisa de su soberanía sobre territorios reclamados al Reino Unido. Solo así el alegato argentino alcanza la costa de la Antártica Americana.

Desde un punto de vista estrictamente político, «Pampa Azul» puede también entenderse como un proyecto de alcance geoestratégico y de raiz peronista (en sentido lato), orientado a establecer la hegemonía argentina en todos los territorios desde la Patagonia al Polo Sur. En esa estrategia el Ministerio de Ciencia argentino actúa al servicio de su Cancillería, siendo su brazo operativo la “Secretaría de Malvinas, Antartida y Atlántico Sur” (que tiene rango de Subsecretaría, y está a cargo de un destacado personero peronista). Es este organismo el que lideró el exitoso proceso de registro internacional de la plataforma continental extendida que Argentina impulsó desde comienzos de los noventa y que, a diferencia de Chile, concretó entre 2009 y 2016.

A contrario sensu, la política exterior y la de defensa chilenas han hecho gala de una preocupante falta análisis de conjunto, carencia que, en definitiva, explica la cadena de errores, omisiones y postergaciones que amenazan a la plataforma continental magallánica-antártica. Si bien el nuevo Estatuto Antártico define con claridad dicha entidad geo-legal, se entiende que la implementación de la ley obligará -finalmente- a otorgar a esta materia una prioridad impostergable: lo que en la coyuntura resulta imprescindible es que Chile haga público, sin mayores dilaciones, el diseño de nuestros territorios submarinos entre el Cabo de Hornos y las Islas Diego Ramírez y la costa del Territorio Chileno Antártico. Todo lo demás resulta incidental.

La experiencia reciente indica que, para el éxito de estas y otras diversas tareas, el país requiere no solo «una nueva institucionalidad antártica», sino que aquellos funcionarios públicos encargados de poner en práctica el nuevo Estatuto posean los conocimientos necesarios, a la vez que den testimonio público de un compromiso político sin matices con el concepto encarnado en la nueva ley.

Sin estos requisitos el Estatuto Antártico será un mero ejercicio de «gatopardismo»: se habrá cambiado para no cambiar nada.

El apoyo transversal con el que el nuevo Estatuto fue aprobado por el Congreso permite afirmar que el país espera un regreso a su tradición antártica conforme a la cual -sin descuidar el compromiso con las obligaciones del Sistema del Tratado Antártico-, las autoridades políticas y los funcionarios públicos responsables serán capaces de potenciar el ethos y los derechos antárticos inalienables del país.

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