Sobre vinos, relaciones bilaterales y geopolítica

Columna
El Mostrador, 19.08.2023
Jorge G. Guzmán, abogado, exdiplomático y profesor-investigador (U. Autónoma)

Con una candidez que habría irritado a nuestros negociadores del Tratado de Límites de 1881, el límite argentino tomado de esas plataformas digitales está siendo adoptado por servicios públicos chilenos en un popurrí de sitios web y presentaciones power point subidas a la internet. Ni DIFROL ni ningún órgano competente del Estado parece prestar atención a este detalle.

Después que en Chile se levantaran voces críticas por el uso de la expresión cabo de Hornos (territorio chileno) por parte de productores de vino argentino, la Cámara de Bodegas Exportadoras de la Patagonia Argentina ha interpuesto en Estados Unidos una demanda en contra de la compañía nacional Concha y Toro, por el empleo del vocablo Patagonia. La denuncia supone que, en su integridad, la Patagonia es argentina.

En principio, se trata de una sobre reacción nacionalista que debe, sin embargo, entenderse en un contexto mayor, como un subproducto de la imago mundi argentina. Esto es especialmente así, porque una ley obliga a exhibir en todas los escuelas y edificios públicos un mapa oficial ilustrativo de la plataforma continental extendida más allá de las 200 millas, que en 2017 la canciller del gobierno Macri afirmó fijaba los límites definitivos de su país con la humanidad…

Al respecto, y además de incorporar como hecho consumado pretensiones sobre archipiélagos administrados por el gobierno británico y la Antártica Sudamericana, ese mapa oficial incluye la tesis argentina del límite internacional en el Campo de Hielo Patagónico Sur y, en el entendido que el Atlántico termina en el meridiano del cabo de Hornos, unilateralmente alarga la frontera con Chile.

De esa forma, nuestros vecinos han resucitado al principio bioceánico, que asumíamos superado con el Tratado de Paz y Amistad de 1984 (TPA).

Extrapolando una norma de Derecho, esa invención geopolítica reaparece como un zombie que reafirma al meridiano del cabo de Hornos como la separación automática entre los océanos Pacífico y Atlántico. Hasta allí -y esto es trascendente- Argentina afirma se extiende la Patagonia.

Eso resulta de otra extrapolación, ergo, de la norma del Protocolo de Límites de 1893, que indica que Chile no puede pretender punto alguno hacia el Atlántico, como la República Argentina no puede pretenderlo hacia el Pacífico. Chile nunca aceptó que esta fórmula se aplicara a los territorios al sur de las islas al sur del canal Beagle; es decir, al cabo de Hornos: allí no hay separación entre océanos, sino un único Mar Austral Circumpolar.

En contexto geopolítico, la demanda de los bodegueros argentinos en contra de Concha y Toro es mucho más que un asunto entre privados: es subproducto de la educación geográfica que en el imaginario argentino a improntado una idea de país que enraíza con la tesis pre-laudo arbitral y premediación papal. En una reciente visita a la Antártica, el presidente Alberto Fernández resumió ese concepto afirmando que Argentina quiere ser grande. Esa grandeza incluye la región adyacente al cabo de Hornos para el control del tráfico marítimo, la soberanía sobre los recursos naturales del Mar Austral y la proyección hacia la Antártica.

Mientras el gobierno argentino confiesa sus pretensiones de ser grande, el chileno parece contento con su estatus de buen vecino. Así queda demostrado en el visualizador de mapas de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites (DIFROL) en el que, a diferencia del mapa oficial que ilustra la tesis argentina para el Campo de Hielo Patagónico Sur, dicha región del territorio chileno está descrita con un recuadro, para indicar que allí el límite está aún por establecerse.

Ello, a pesar de que la actualización de nuestros límites australes decretada con la Carta SHOA 8B de 2021 también incluyó el límite chileno en ese Campo de Hielo (vigente mientras no exista total acuerdo entre las Partes). El asunto es grave, pues, constatados el silencio de DIFROL y la afirmación argentina, plataformas cartográficas online -e.g. Google Earth, Garmin y Microsoft Bings- utilizan esta última.

Incluso más: con una candidez que habría irritado a nuestros negociadores del Tratado de Límites de 1881, el límite argentino tomado de esas plataformas digitales está siendo adoptado por servicios públicos chilenos en un popurrí de sitios web y presentaciones power point subidas a la internet. Ni DIFROL ni ningún órgano competente del Estado parece prestar atención a este detalle.

Asimismo, no obstante que con la Carta SHOA 8B el Estado actualizó la proyección de nuestra plataforma continental de 200 millas al suroriente del Punto F del TPA, el visualizador de DIFROL tampoco la incluye. No solo eso, esa herramienta prolonga el límite marítimo hasta más allá de la latitud 59º sur para señalar el borde de nuestra ZEE mientras, trascendente, omite indicar nuestra proyección de plataforma continental de 200 millas al sur y al suroriente del citado Punto F.

DIFROL ha olvidado que, respecto del área al sur de dichas coordenadas, la actualización de 2021 declaró inoponible para Chile el límite submarino ajustado al meridiano del cabo de Hornos postulado por Argentina: con ello Chile rechazó una afirmación implícita respecto de que nuestra soberanía se restringe al Oeste de esa longitud.

Dicho de otra manera, hace solo dos años Chile rechazó la pretensión geopolítica del vecino, apuntada a consolidar la idea de que allí termina el Atlántico y que Chile carece de continuidad hacia la Antártica a través de la ruta del cabo de Hornos (sector americano del Mar Austral Circumpolar). La realidad geográfica demuestra que, mientras nuestras islas Diego Ramírez se sitúan 200 kilómetros más al sur que Ushuaia (el finis terrae argentino), en esa región la primacía de Chile es más que evidente.

Aun así, la memoria de corto plazo de DIFROL no deja de sorprendernos. Hasta ahora, ninguna autoridad se atrevió a corregir estos despropósitos.

Patagonia, Tierra del Fuego y los espacios al sur de las islas al sur del canal Beagle
Según Antonio Pigafetta (cronista de la expedición Magallanes-Elcano), mientras los primeros circunnavegantes del planeta se hallaban hacia la latitud 49º sur, hicieron contacto con nativos a quienes, siguiendo una tradición que se remonta a la cosmogonía babilónica y bíblica, describieron como gigantes. A los europeos les llamó la atención el calzado hecho de pieles de guanaco, a partir de cuya extensa huella sobre el terreno enseguida se les denominó “patagones”. Patagonia es, por tanto, el país de los patagones.

En realidad, se trata de la etnia Tehuelche; esto es, el pueblo originario que, en sentido sur a norte, se distribuía a partir del estrecho de Magallanes. Al sur de ese pasaje marítimo habitaban pueblos distintos a los patagones, por ejemplo, los Selknam, que luego se llamaron fueguinos.

Este es un primer hecho relevante pues, conforme con este dato esencial, el país de los patagones -la Patagonia- comienza en la ribera norte del estrecho de Magallanes. Plus ultra se extiende la Tierra de los Fuegos (Tierra del Fuego), una región geográfica e hidrográfica distinta que, a partir del regreso a España de la expedición de los hermanos Nodal (1619), junto a las islas Diego Ramírez y el Mar Austral adyacente, fue siempre vinculada al Reino de Chile.

En sentido norte a sur, dicho mar comenzaba al sur de ambas bocas del estrecho de Magallanes: al norte de la Boca Oriental se extendía el Mar del Norte (Océano Atlántico); al norte de la Boca Occidental se iniciaba el Mar del Sur (Océano Pacífico).

La práctica marinera de los navegantes que -hasta la década de 1930- surcaron a vela la ruta del cabo de Hornos confirmó esa realidad oceanográfica. Desde el siglo XVII el conjunto de la carto-bibliografía mundial también la adoptó para describir a la Patagonia limitada a la orilla norte del estrecho de Magallanes, mientras que la Tierra del Fuego y a la región marítima del paso del cabo de Hornos fueron siempre entendidas como entidades geográfica e hidrográficamente separadas.

Desde esa misma época el topónimo Patagonia se aplicó a ambas orillas de Sudamérica, incluyendo lo que hoy conocemos como Patagonia Occidental (Chiloé, Palena, Aysén, y los campos de hielo, fiordos y canales magallánicos al norte del estrecho).

Así -y toda vez que la transacción del Tratado de Límites de 1881 se articuló en torno a la fórmula renuncia unilateral chilena a la Patagonia Oriental a cambio del reconocimiento argentino de nuestra soberanía sobre el 100% del estrecho de Magallanes- las comunas de San Gregorio y Punta Arenas, situadas al norte de ese pasaje marítimo, permanecieron dentro de la Patagonia chilena (Patagonia Occidental, en el sentido más antiguo, evidente y correcto).

Un asunto que amerita definiciones claras
Por sus implicancias políticas y jurídicas, la demanda de productores argentinos por el uso de esa expresión Patagonia por parte de una empresa chilena es un asunto serio y complejo.

De diversas formas ese reclamo debe entenderse como parte del nuevo alegato argentino orientado a dar nuevo sustento al principio bioceánico, esta vez asociado al Derecho del Mar (plataforma continental extendida desde Tierra del Fuego). Ello, sin considerar el impacto de esa pretensión sobre la calidad de relación bilateral, comenzando por sus efectos sobre el modus vivendi pactado con el TPA.

En los hechos y en el Derecho, Argentina ya ha relativizado los alcances del TPA afirmando que, en la práctica, los compromisos con Chile terminan en el Punto F.

Por lo mismo, el caso abierto ante la justicia norteamericana debería ameritar la preocupación no solo de nuestra diplomacia económica, sino que, de nuestra diplomacia política, especialmente del propio Canciller. Pensar que este es un asunto entre privados es un error: es parte de un asunto político y geopolítico complejo, complicado y de potenciales graves consecuencias.

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